El candidato de Cambiemos que se especializa en temas de discapacidad
Yamil Santoro, precandidato a legislador por la Ciudad de Buenos Aires de «Vamos Juntos», es una de las personas que desde Cambiemos ha salido con el mayor grado de contundencia a debatir sobre la polémica desatada en torno a las pensiones para personas con discapacidad (las pensiones por invalidez).
Santoro es abogado por la Universidad de Buenos Aires, con una Maestría en Políticas Públicas por la Universidad Di Tella y ha realizado diversos posgrados vinculados al tema de la discapacidad. Ha sido expositor en múltiples congresos sobre la temática y escribió en distintas revistas especializadas. Además es Secretario de Formación Política de Unión por la Libertad, el partido que forma parte de Cambiemos y conduce la Ministra Patricia Bullrich.
Sobre el tema bajo polémica Santoro explicó en Telam «La pensión por invalidez es un recurso de última instancia de nuestro sistema de seguridad social, no es un subsidio genérico a la discapacidad. La misma se reglamentó en 1997 y, como no ha existido una modificación desde entonces, aún se aplica dicha reglamentación para definir los criterios de otorgamiento y subsistencia de las mismas». En ese sentido afirmó:
«Siendo que en cada caso se analizan requisitos legales y objetivos, ninguna persona debería perder la pensión si está en condiciones de recibirla. Si alguno considera que se ha cometido un error, hay un compromiso del Gobierno de dar una solución rápida al inconveniente y se han dispuesto los canales necesarios para que hacerlo». Para llevar adelante los reclamos, el Ministerio que conduce Stanley puso a disposición el teléfono 0800-222-3294, también se puede presentar el reclamo en los Centros de Atención Local (CAL).
En su página de Facebook, Santoro agregó: «No sólo que no es cierto que hay una campaña masiva para quitar pensiones ya que se viene utilizando el mismo criterio que hace 20 años. Sino que también se está aún por debajo de los números proporcionales de 2015. La pensión se da de baja por criterios objetivos y legalmente establecidos pero si en algún el resultado resulta injusto se puede pedir que se revise la decisión.
Por último, la pensión por invalidez es el ultimo recurso de un sistema complejo de protección de las personas con discapacidad. Quienes dejan de recibir la pensión por el motivo que sea (y aun quienes la reciben) en virtud de la ley de prestaciones básicas 24.901 (art. 33 y subsiguientes) tienen el derecho a solicitar asistencia económica a la obra social o prepaga y subsidiariamente al Estado. Además de cobertura al 100% de traslados, terapias y medicamentos, entre otras cosas que reconoce la ley».
El tuit de la polémica | Entrevista Exclusiva
Cualquier determinación de invalidez para otorgar pensión surge de la evaluación de la persona en su contexto y no sólo por su discapacidad.
— Yamil Santoro 🐣🐣 (@yamilsantoro) June 13, 2017
En los múltiples tuits que emitió el precandidato a Legislador sobre la temática, cobró especial trascendencia este donde sostiene que «El síndrome de Down no implica un 76% de invalidez para el trabajo como exige la normativa para que se otorgue la pensión». Este medio de manera exclusiva entrevistó a Yamil Santoro sobre la cuestión y sobre varios temas más vinculados a la discapacidad:
¿Acaso no considerás que una persona con síndrome de Down deba recibir una pensión por invalidez?
Creo que el tuit que circuló fue sacado de contexto y lamento que eso haya generado alguna confusión. Toda persona que cumpla con los requisitos que fija la normativa: vulnerabilidad económica e invalidez grave para el trabajo tiene derecho a una pensión. Como aclaro en el tuit siguiente, la invalidez que exige la ley no está dada por el tipo de discapacidad (sea el que sea, a eso me refería) sino por la evaluación de las capacidades de la persona en función de su contexto y de las barreras existentes. A raíz de esto, podremos encontrarnos con personas que a raíz de estímulo y formación suficiente, estén en condiciones de acceder a un empleo y por ende en principio la pensión podría no corresponderles. Aunque si puedan recibir otros tipos de ayuda.
Lamentablemente hay muchas personas que consideran que las personas con síndrome de Down, o con otros tipos de discapacidad, no están en condiciones o no deben trabajar de trabajar. Ven a la persona con discapacidad como alguien inútil, lo anulan discursivamente. Yo no comparto esa forma de ver y pensar la discapacidad. Creo que el verdadero problema es que hay muchas personas con discapacidad que pudiendo y queriendo trabajar no logran encontrar oportunidades suficientes por los prejuicios que persisten en la sociedad.
¿Considerás que es fácil que las personas con discapacidad consigan un empleo? ¿Qué creés que pueden hacer hasta entonces tras quedarse sin pensión?
Es importante entender que la pensión por invalidez aplica a casos de vulnerabilidad extrema y de limitación para trabajar. Es decir, es un remedio de última instancia. Para aquellos casos que no encuadran en los requisitos de la pensión existe la ley de prestaciones básicas (N° 24.901) a partir de la cual las personas con discapacidad tienen el derecho a solicitar asistencia económica a la obra social o prepaga y subsidiariamente al Estado.
Este criterio ha sido validado por la Corte Suprema en el fallo «Campodónico de Beviacqua« y el fallo «Monteserín» entre otros. Este derecho no tiene nada que ver con la pensión y asiste a todas las personas con discapacidad. El rol del Estado es ineludible pero no es quien debe responder en primera instancia. Además del caso de las obras sociales y prepagas que plantea la ley, el código civil en su nueva versión (sancionada durante el gobierno de CFK), respetando el criterio del viejo código, mantiene la obligación de los familiares de sostenerse económicamente entre si. Cualquiera de nosotros, con o sin discapacidad, debe responder económicamente por un familiar (padres, abuelos, hijos, nietos y heramanos) que requiera auxilio. Por ende deben responder según la ley vigente por la persona con discapacidad: la familia y las obras sociales y prepagas en primera instancia, y el Estado de forma subsidiaria.
Yendo a la primera parte de la pregunta, ciertamente no es fácil conseguir empleo teniendo una discapacidad. Y creo que es ahí donde deberíamos estar enfocando buena parte del debate. Tenemos personas que quieren y pueden trabajar pero un mercado laboral que excluye y discrimina. Las empresas hoy cuentan con enormes beneficios fiscales (exención de ganancias, exención de cargas patronales, subsidios al puesto de empleo, entre otras) pero por desconocimiento no le dan la oportunidad a las personas con discapacidad. Tenemos que trabajar para superar estas barreras. En este sentido impulso la creación de un cupo para empresas del sector privado para suplir las fallas de información del sistema. Este es un tema que estudié en profundidad en mi tesis de maestría…
Pero ambos sabemos que el cupo en el sector público no se respeta…
Y lo vengo denunciando hace años. Cuando el kirchnerismo abandonó el Gobierno Nacional el nivel de cumplimiento del cupo que el Estado debe cubrir, actualmente el 4%, no llegaba al 0,6%. Durante los últimos doce años de gestión kirchnerista, se sumaron 1,4 millones de empleados públicos en todos los niveles de Gobierno. Sin embargo, en la Administración Pública Nacional el aumento fue de 294.100 personas nuevas que se sumaron al Estado Nacional (pasando de 484.200 en 2003 a 778.300 en 2015). Las personas con discapacidad tienen prioridad para el acceso al empleo público hasta que se cubra el cupo, de haber contratado prioritariamente a las personas con discapacidad fácilmente se hubiera cumplido con el cupo del 4% que para el 2015 hubiera sido de 38.915 personas. El kirchnerismo pudo y no quiso resolver esta situación. Prefirieron repartir pensiones como si fueran subsidios en lugar de ocuparse de generar empleo para las personas con discapacidad como manda la ley.
En la Ciudad de Buenos Aires el nivel de cumplimiento está cercano al 4,3% siendo el cupo del 5%. Sin embargo esto se logró después de un fallo judicial, el fallo «Barila» y mucho trabajo por parte de las organizaciones de la sociedad civil. El problema tanto a nivel nacional como en varios distritos es que los organismos de supervisión del cumplimiento de la Convención por los derechos de las personas con discapacidad y los derechos que allí se reconocen recaen no cuentan con el Poder de Policía suficiente o la autonomía para impulsar los cambios necesarios. Por eso propongo hace tiempo que se repiense el diseño institucional para tener organismos de control efectivos o crear un ombudsman de la discapacidad.
¿Algo para cerrar? ¿Alguna precisión adicional para las personas con discapacidad?
Que no caigamos en las mentiras y las chicanas que andan dando vueltas. Este es el Gobierno que más dinero del PBI ha destinado a la inversión social y mantiene su compromiso firme con los sectores más vulnerables. Esta medida se ajusta a la normativa vigente que se aplica hace 20 años de la misma manera. Podemos debatir su modificación, podemos coincidir en que hay que actualizarla, pero me parece insensato condenar a un Gobierno por aplicar la ley. Misma ley que se aplica hace 20 años de igual forma.
Si alguien tuvo algún problema con su pensión, que se contacte cuanto antes con el Ministerio al 0800-222-3294. Se está trabajando para brindar soluciones de la forma más rápida posible. Si alguien necesita orientación profesional, hay muchos abogados a lo largo y ancho del país que trabajan temas de discapacidad de manera gratuita. Me pongo a disposición para quien lo necesite, mi mail es hola@yamilsantoro.com