Deuda externa: se aprobó la ley de reestructuración

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Recinto del Senado de la Nación

El proyecto de reestructuración de la deuda pública se convirtió en ley este miércoles 5 de febrero en la Cámara de Senadores, en una sesión extraordinaria que estuvo marcada por discusiones sobre la situación actual de la economía entre legisladores del oficialismo y de la oposición.

La norma, que se aprobó por unanimidad tras casi nueve horas de debate, tuvo 65 votos a favor, la totalidad de los senadores presentes, gracias al respaldo de la oposición al proyecto enviado por el Gobierno para encarar la renegociación de los plazos para el pago de la deuda externa.

A continuación los puntos claves de la Ley de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa:

Declara «prioritaria para el interés de la República Argentina» la restauración de la sostenibilidad del endeudamiento público externa.

Autoriza al Poder Ejecutivo a «efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los servicios de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital de los títulos públicos emitidos bajo ley extranjera».

La Ley habilita al Ministerio de Economía a «contemplar en la normativa e incluir en los documentos pertinentes las aprobaciones y cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana exclusivamente respecto a reclamos en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen».

Sin embargo, no implicará «renuncia alguna respecto de la inmunidad de la Argentina con relación a la ejecución de ciertos bienes, como los del Banco Central, cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el país, o cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio que preste un servicio público esencial».

Autoriza al Ministerio de Economía a emitir nuevos títulos públicos para modificar el perfil de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital; determinar las épocas, plazos, métodos y procedimientos de emisión de nuevos títulos públicos; y designar instituciones o asesores financieros para que actúen como coordinadores en el proceso de estructuración, entre otras facultades.

Establece que «todas las operaciones que se realicen quedarán exentas de todos los impuestos, incluido el IVA, tasas y contribuciones nacionales existentes y a aplicarse en el futuro».

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