Ley de medios: la delgada línea entre libertad y censura

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Si hay una palabra que se usa con demasiada ligereza, especialmente entre los más jóvenes, es la palabra censura. Probablemente sea porque toda su vida ha transcurrido en democracia y no saben lo que realmente significa ser censurado. Algunos, al encontrarse en el rol de opositores (algo que nunca imaginaron), han recurrido los últimos días a la creación de una definición falaz para esa palabra y la arrastran por la sociedad en un intento por causar miedo con el llamado a “resistir”. Estas acciones han tenido lugar a propósito de la voluntad del gobierno actual de modificar la ley de medios.

Hasta la sanción de la Ley de Regulación de Servicios de Comunicación Audiovisual en el año 2009, la actividad de los medios de comunicación públicos y privados se encontraba regulada por la ley N° 22.285, sancionada en 1980 bajo el amparo del artículo 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional con subsiguientes modificaciones realizadas por el ex presidente Carlos Saúl Menem, mediante el decreto 1005/99.

Hay dos artículos que no fueron modificados en 1999 y merecen ser mencionados:

El artículo 7 establece lo siguiente con respecto a los servicios de radiodifusión en general, ya sean oficiales o no: “Los servicios de radiodifusión deberán difundir la información y prestar la colaboración que les sea requerida, para satisfacer las necesidades de la seguridad nacional. A esos efectos el Poder Ejecutivo Nacional podrá establecer restricciones temporales al uso y a la prestación de todos los servicios previstos por esta ley.”

Por otro lado, en referencia a los medios oficiales, el artículo 21 expresa: “Las estaciones de radiodifusión oficiales no podrán emitir programas o mensajes de partidismo político.”

Realizando una comparación entre la obsoleta ley producto de la ideología de un gobierno de facto, con la nueva ley 26.522 formulada por el gobierno que se ha declarado más a favor de la democracia en la historia de nuestro país, se encuentran, por supuesto, muchas diferencias. La más importante a mi entender es que la vieja ley establecía claramente que los medios oficiales no podían emitir mensajes de tinte político, mientras que en la nueva ley no se establece esto. Me pregunto, ¿esa normativa se omitió por error (suponiendo que es algo obvio) o por algún otro motivo?

A pesar de esto, lo más preocupante y lo que pocos saben es que hay una gigante similitud entre ambas leyes: son inconstitucionales de base.

Hay un motivo por el cual todos hemos tenido que estudiar toda o parte, al menos, de la Constitución Nacional en el colegio: es la norma suprema del Estado. El país no puede regirse bajo ninguna norma inferior (ley, decreto, etc.) que vaya en contra de alguno de sus artículos.

La Constitución Nacional Argentina establece obligaciones y derechos para los ciudadanos y gobernantes. Pero a la hora de legislar, éstos últimos se olvidan muchas veces que la Constitución Nacional limita también la incumbencia de los tres poderes del Estado entre sí y para con el pueblo.

Hoy no estaríamos hablando de una ley de medios si quienes nos gobiernan hubieran tomado en cuenta el artículo 32: “El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal”

Que un gobierno de facto ignore que no tiene incumbencia para legislar en materia de libertad de expresión es previsible. Que lo hayan hecho nuestros representantes en el año 2009 es extremadamente grave.

Con la inminente partida de 678 de la TV Pública, la intención del oficialismo de realizar modificaciones a la famosa ley de medios y el pedido de renuncia de Sabatella, dos conceptos tan contrarios como “censura” y “libertad de expresión” se mezclaron hasta el punto de no poder diferenciarse el uno del otro.

A pesar de haber sido transmitido hasta por TN (el canal más en contra de la ley de medios que existe), me encontré con personas en las redes sociales que decían que no se había difundido la marcha en repudio a la modificación de la ley, y que la no difusión era censura.

Aclaremos algo: Censura hubiera sido que no los dejen movilizarse o que el gobierno le impida a los medios difundir la noticia de la movilización.  Que un medio privado decida por motus propio no difundirla (que de todos modos no fue el caso) es simplemente una consecuencia de la libertad de expresión de la cual todos gozamos, que se encuentra protegida por la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA (de la cual nuestro país es miembro fundador).

Lean con atención el artículo 13 de dicha normativa:  “La utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley. Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión.”

Todos sabemos que hasta el 10 de diciembre todo contenido del grupo Clarín tenía inclinación opositora. Y sabiendo esto, hay personas que seguimos eligiendo consumir sus productos. ¿Por qué? Porque no tenemos ganas de leer cosas que no vayan a la par con nuestra ideología.

Lo maravilloso de la libertad de prensa, la libertad de expresión y los derechos que tenemos como consumidores es que podemos elegir consumir información de la fuente que queramos, pero sabiendo que ha sido modificada de acuerdo a la ideología de quien la distribuye.

Así como la Constitución Nacional tiene zonas grises y artículos que pueden interpretarse de distinta manera (de ahí la existencia del derecho constitucional), con la información pasa lo mismo. No existe el periodista 100% imparcial, especialmente a la hora de hablar de política.

Quizás a los productores de TN (al igual que a mí) lo único que les interesaba acerca de la movilización del jueves era ver qué calles estaban cortadas.  No les interesaba escuchar lo que decía Sabatella, ya sea porque es lo mismo de siempre y aburre, o porque no les convenía a raíz de los intereses de su audiencia. No lo sé, y no es relevante legalmente.

Lo que importa y lo que muestra que la polarización de la información de acuerdo a partidismo político no es censura sino libertad de expresión, es que todos sabemos qué canal poner de acuerdo a si queremos escuchar un punto de vista oficialista u opositor.

Lo que unos llaman censura, otros lo llaman respeto por la libertad de expresión, en este caso, del medio que decidió no transmitir la movilización, porque a su público no le interesa.

Durante los últimos años no se respetó ni nuestro derecho a la libertad de expresión, ni la constitución nacional, ni la ley de medios. Se ha utilizado la TV Pública como herramienta para difundir ideas K, al mismo tiempo que se denigraba, desacreditaba y hasta se discriminaba a la oposición al no permitirles un espacio en el canal estatal para ejercer su derecho a réplica.

Me hubiera gustado ver a los mismos que se movilizaron el jueves, movilizarse cuando aquella persona que creó la legislación la violaba sistemáticamente con la transmisión de cadenas nacionales que no eran utilizadas para difundir “situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional”. El argumento era que en canales como TN no se consideraba noticia relevante, por ejemplo, el lanzamiento de un plan dental para chicos del NOA, ergo al gobierno sólo le quedaba el recurso de la cadena nacional para informar a los ciudadanos.

Por casi 8 años hicieron uso y abuso de la señal de TV estatal. Quien quería enterarse de esas cosas, sabía qué canal poner. Por el contrario, los que no tenían cable y no querían enterarse de ciertas cosas (ejerciendo su derecho como consumidores, su libertad de expresión, etc.) eran obligados a consumir esa información que el gobierno catalogaba como “relevante”. La libertad de expresión de uno termina donde empieza la del otro; en este caso, termina cuando yo decido qué canal quiero ver o qué diario leer.

Espero que uno de los cambios que se introduzcan con este nuevo gobierno sea la adecuación de los contenidos de la TV Publica a lo detallado en todas las legislaciones que les mencioné. Que 678 no tenga un lugar en el canal estatal no es censura; es cumplir con la ley que establece que no pueden utilizarse recursos del Estado para difundir mensajes políticos.

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