Paridad de género: La Fundación Apolo presentó un amparo contra la IGJ

Presentación contra la resolución de Paridad de género en las sociedades
La Fundación Apolo, con la firma de José Magioncalda y Juan Martín Fazio (abogados del Equipo Judicial), presentó un amparo contra la Inspección General de Justicia (IGJ) por la decisión de imponer la obligatoriedad de la «paridad de género» en los órganos de administración de fundaciones, asociaciones civiles y sociedades comerciales.
En el escrito presentado, se manifiesta que la decisión de la IGJ vulnera derechos y garantías elementales de raigambre constitucional y convencional, como el «derecho de asociarse con fines útiles» y el «derecho de propiedad», que consagra nuestra Ley Suprema, pues restringe, de modo irrazonable, la potestad de los asociados de designar administradores en función de los fines sociales perseguidos, es decir, el derecho a designar a quienes consideren más adecuados para su administración según su capacidad y profesionalidad. En este contexto, la cuestión de género resulta totalmente ajena a dichos requerimientos, y la cantidad de varones o de mujeres que integren los órganos de administración es indiferente.
Asimismo, la decisión impugnada vulnera el principio de igualdad, ya que se excluye del deber de aplicar las normas de «género» a las grandes empresas, y se genera, así, un favoritismo inexplicable que se ha pretendido garantizar con la facultad que la IGJ se atribuye de establecer excepciones a la norma de la «paridad de género» en casos individuales.
Con su decisión, la IGJ está vulnerando el derecho de propiedad de todas las personas que constituyen fundaciones, que asignan su patrimonio con sujeción a un conjunto de normas estatutarias y bajo la administración de personas por ellos designadas en función de sus capacidades y méritos, y, en la mayor parte de los casos, dicha designación surge de la idoneidad profesional, de capacidades personales y técnicas, y de aptitudes para encarar las tareas de administración, y no suele ser una cuestión de género.
Entonces, como la Resolución IGJ 34/2020 restringe y desnaturaliza, arbitrariamente, el derecho a asociarse y a usar y disponer de la propiedad —incluso sin que existan normas de rango legal que lo sustenten—, se solicita que se decrete su nulidad e inconstitucionalidad.
La presentación quedó radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 9, a cargo del Juez Pablo Gabril Cayssials.
¿De qué se trata la resolución que establece la paridad de género?
La medida fue establecida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Resolución General 34/20 de la Inspección General de Justicia (IGJ), y abarca a entidades de la Ciudad de Buenos Aires.
La norma dispuso que «las entidades civiles y sociedades comerciales deberán respetar la misma cantidad de mujeres y hombres en la composición de sus órganos de administración y fiscalización» y aclaró que «en caso de que fuese impar la cantidad de miembros a cubrir, deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos».
«Además, deberán dar cuenta de la política de género aplicada que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres», añadió en un comunicado el Ministerio de Justicia que conduce Marcela Losardo.
El subsecretario de Asuntos Registrales, Victor Malavolta, explicó que «la resolución prevé la posibilidad de excepción a las personas jurídicas sólo en circunstancias singulares, extraordinarias, atendibles y objetivas, derivadas de sus antecedentes constitutivos y/o tipo de conformación y/o de la actividad social tendente a la consecución de su objeto».
Y remarcó que «desde la Subsecretaría de Asuntos Registrales, de la que depende la Inspección General de Justicia, se procura aportar nuevos instrumentos jurídicos que permitan avanzar en la lucha por garantizar la diversidad de géneros e identidades, y la paridad efectiva entre mujeres y varones, promoviendo la presencia de las mujeres en puestos de responsabilidad y eliminando cualquier forma de discriminación contra la mujer».
La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta, destacó que «a través de esta Resolución se va a garantizar que los espacios de toma de decisión de las asociaciones y sociedades mencionadas sean compartidos por las mujeres y los varones».
«Creemos que tal como lo fue la ley de paridad en cargos políticos y la ley de cupo sindical, este tipo de normativas colaboran con la consolidación de una sociedad más justa y más igualitaria», añadió Gómez Alcorta en un comunicado.