El fallo por los vidrios comienza en 2004

Fallo contra Horacio Rodríguez Larreta y el GCBA

La Fundación Apolo, junto al Partido Mejorar, una vez más tomó a su cargo la responsabilidad de velar por los derechos de los ciudadanos, en este caso específico, de que los establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) cuenten con vidrios de seguridad, que no se astillen. La medida está relacionada con la protección de la integridad física de la comunidad educativa.

El trámite legal llevado a cabo por el representante legal José Magioncalda fue largo, en comparación a la urgencia de eliminar el riesgo en ventanas y puertas de vidrio. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó un recurso de queja presentado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que tenía como objetivo dejar sin efecto la sentencia de primera instancia (ratificada por la Cámara) que le otorgaba a la Ciudad un plazo de un año y seis meses para adecuar todos los establecimientos educativos públicos que no se ajustaran a la Ley 2.448 de Vidrios Seguros, sancionada en 2007.

Amparo y amparo

El fatal accidente de Amparo Alfonsín, nieta del expresidente de la Nación, en 2004, otorgó visibilidad a un problema de infraestructura en la totalidad de los espacios donde niños, adolescentes y adultos conviven cotidianamente. La joven, de 15 años, chocó contra una puerta de vidrio en su escuela, que se rompió. Una astilla de vidrio perforó la arteria femoral (a la altura de la ingle), lo cual produjo su deceso.

En septiembre de 2007 la Ley 2.448 fue sancionada, obligando a reemplazar todas las ventanas de las escuelas por vidrios de seguridad irrompibles o que no se astillaran. La norma fijó un plazo de cinco años para reemplazar los vidrios en todas las escuelas porteñas, públicas o privadas. Mientras el Ministro de Educación, Nicolás Trotta, organiza el regreso a las aulas, resulta imperativo que el Gobierno de CABA implemente esta medida que Fundación Apolo y Partido Mejorar han reclamado, para que se cumpla la ley.

Sin embargo, el 18 de mayo de 2018, a partir de un amparo que a fines de 2015 había iniciado la Organización No Gubernamental (ONG) Ciudadanos Libres (que preside el Dr. José Magioncalda y que actualmente está asociada a la Fundación Apolo), el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario número 23, a cargo del doctor Francisco Ferrer, había dictado un fallo judicial en el que se consideró lo siguiente: «El GCBA incumplió con el deber de programar y, posteriormente, reemplazar los vidrios que no cumplieran con los parámetros de seguridad establecidos por la Ley 2.448 en los establecimientos educativos de gestión pública, en el plazo fijado a tales efectos por la Legislatura porteña (cinco años desde su entrada en vigencia), el que se encuentra vencido desde noviembre de 2012». El incumplimiento ha sido parcial, pues hubo una conducta tendiente a adecuar los vidrios a los parámetros establecidos; sin embargo, según señaló el juez Francisco Ferrer, dicha conducta «no ha resultado suficiente para garantizar los derechos tutelados».

Asimismo, la Ciudad de Buenos Aires ya había recurrido el fallo con resultado desfavorable en segunda instancia, en la cual tampoco se le había permitido acceder al Tribunal Superior de Justicia por vía del recurso de inconstitucionalidad. Entonces, con este fallo, el GCBA deberá cumplir con la Ley y adecuar todas las escuelas para tener «vidrios seguros».

Hoy, el logro de Apolo y Mejorar

La Justicia impuso a la Ciudad, según explicita el fallo, que presente, “dentro del plazo de treinta días, un relevamiento de todos los establecimientos educativos de gestión pública que contuvieran una evaluación individual de cada uno de ellos respecto del grado de adecuación a los parámetros establecidos” en la ley mencionada. También debe proponer, en un plazo de sesenta días, ”un programa de trabajo que abarcara todos los establecimientos y que permitiera adecuarlos a los parámetros de la Ley 2.448 en el plazo de un año y seis meses”. La resolución judicial incluye la presentación de “informes mensuales que dieran cuenta del estado de avance del plan de trabajo”.

Consultado al respecto, el doctor Magioncalda expresó: “Procuramos salvaguardar el derecho fundamental a la integridad física de los niños, niñas y adolescentes que concurren a establecimientos educativos”. Respecto del vencimiento de los plazos legales de implementación en la Ciudad, aseveró que “la Justicia determina que el Gobierno de CABA ha incurrido en una conducta manifiestamente ilegítima al no adecuar los vidrios a los parámetros de vidrios de seguridad establecidos en la Ley 2.448”.

Destacó que «esta es una ley que debió estar íntegramente cumplida, es decir, la totalidad de los vidrios seguros colocados, en el año 2012. Como esto no ocurrió, iniciamos un amparo que fue exitoso en cuanto a los resultados del juicio porque obtuvimos un fallo favorable».

«Después la Ciudad quiso llegar al Tribunal Superior de Justicia, que es el máximo Tribunal de la Ciudad, por vía del recurso de inconstitucionalidad, la Cámara se lo negó, presentó un recurso de queja y nuevamente la Cámara se lo rechazó por improcedente», afirmó respecto del trámite legal.

«Las apelaciones fueron dilatorias, a sabiendas de que no iban a prosperar, sencillamente porque la ley establecía un plazo muy claro para tener adecuada toda la infraestructura escolar y ese plazo estaba largamente excedido, por años», opinó.

«Si bien el Gobierno de la Ciudad tuvo alguna modalidad de cambio de los vidrios», explicitó, «informó en el expediente que los vidrios eran cambiados a medida que se rompían, con lo cual a la Justicia le quedó claro que el objetivo, que era justamente preservar de una situación de peligro a los miembros de la Comunidad Educativa, no estaba logrado, porque en caso de tener que esperar que se rompa, eso sucedería en el marco de una situación de peligro que es precisamente lo que se procura evitar«, detalló.

A modo de conclusión , el doctor Magioncalda dijo que «lo lamentable fue que el Gobierno, en lugar de tomar cartas en el asunto, intentara (tal vez abusando de la vía de las apelaciones), dilatar este amparo que data del año 2015 hasta mediados del 2020».


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